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NOTA DE PRENSA: La Asociación de Comercio de PIMEEF presenta alegaciones al proyecto de Decathlon en Puig den Valls

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Nota de prensa de la Asociación de Comercio de PIMEEF.

La Asociación de Comercio de la Petita i Mitjana Empresa d’Eivissa i Formentera (PIMEEF) ha presentado ante el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu una serie de alegaciones al expediente de solicitud de apertura de la empresa Decathlon S.A.U. en S’Olivera (Puig den Valls).
Las alegaciones presentadas consisten en los siguientes incumplimientos de los requisitos que la Ley balear de Comercio vigente apunta:

1. El art. 16 de la Ley balear de Comercio exige como requisitos para la solicitud de licencia autonómica de gran establecimiento comercial “la inclusión de las medidas previstas para incrementar la calidad del empleo, con una relevancia especial a al tipología de la contratación laboral, y acreditación del compromiso de incorporar al mercado laboral colectivos de difícil inserción”.
Pues a la vista del expediente de referencia se constata una vez más un argumento que desde PIMEEF se ha venido sosteniendo en relación a la instalación de grandes superficies comerciales, como es el de la absoluta precariedad de los puestos de trabajo creados.
     Así, la memoria de la solicitud que ha presentado la propia solicitante, Decathlon S.A.U., reconoce que habrá contratos de 16 horas semanales para 60 trabajadores, lo cual significa colocar a todas las personas que se contraten en estas condiciones en  una situación de salarios ínfimos y trabajando únicamente por turnos.
     A este hecho se le suma que la apertura de esta gran superficie supondrá el cierre de numerosas pequeñas y medianas empresas del sector, perdiéndose numerosos puestos de trabajo estables, lo que redundará en una agudización de la actual situación de crisis económica general y del pequeño comercio en particular.
        
2. Al entender de la Asociación de Comercio de PIMEEF, tampoco se respeta el articulo 17 c 1º de la referida ley, que hace necesaria a “la existencia de medios de transporte colectivo suficientes para satisfacer los flujos previsibles de público y para desincentivar el uso de vehículos particulares”, al encontrarse la ubicación prevista alejada de cualquier núcleo urbano.  

3. No obra en el expediente certificación alguna, según exige el mismo artículo 17 de la Ley balear de Comercio, sobre la calificación energética mínima de B exigible según el Real Decreto 47/2007 para los edificios de nueva construcción.

4. En nuestra opinión, los 1.950 metros cuadrados de superficie de venta proyectados suponen un desmesurado incremento de la actualmente existente en el sector para la población residencial de la isla de Eivissa, con lo que ello comportará un evidente exceso de oferta y la destrucción de pequeños comercios tradicionales y familiares.

La Asociación de Comercio de PIMEEF considera que de aprobarse la instalación de esta gran superficie será un paso más en la progresiva desaparición de pequeños comercios tradicionales y en la desertización de la actividad comercial de las ciudades.
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